Resolución 1764 de 2020 Protocolos para los centros de estética y spa | Service Company Group
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Resolución 1764 de 2020 Protocolos para los centros de estética y spa

Fecha: 5 de octubre de 2020

Resolución 1764 de 2020 Protocolos para los centros de estética y spa

Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en los centros de estética y cosmetología, institutos de belleza, spa y zonas húmedas.

EL Ministro de Salud y Protección Social, En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el Decreto Legislativo 539 de 2020 y en desarrollo del artículo 6 del Decreto 1168 de 2020 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Constitución Política prevé que las autoridades de la Republica están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales y de los particulares.

Que la Ley 1751 de 2015, en su artículo 5, establece que el estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, y en su artículo 10, señala como deberes de las personas frente al derecho fundamental a la salud, y en su artículo 10, señala como deberes de las personas frente al derecho fundamental a la salud, los de: “propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad” y “Actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas”.

Que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaro que el brote de corona virus COVID-19 es una pandemia,  esencialmente por la velocidad en su propagación e insto a los estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio.

Que mediante la Resolución 1462 del 15 de agosto de 2020 este Ministerio prorrogo hasta el 30 de noviembre del presente año, la emergencia sanitaria declarada mediante la Resolución 385 de 2020 y prorrogada inicialmente a través de la Resolución 844 del mismo año.

Que la evidencia muestra que la propagación del coronavirus COVID-19 continua, a pesar de los esfuerzos estatales y de la sociedad y, en consecuencia, al no existir medidas farmacológicas las que tienen mayor costo/efectividad. Esas medidas incluyen la higiene respiratoria, el distanciamiento físico, el autoaislamiento voluntario y la cuarentena. PARA CONTINUAR LEYENDO DILIGENCIE EL FORMULARIO Y DESCARGUE EL PDF COMPLETO.

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